• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 3452/2020
  • Fecha: 24/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Determinar si los informes técnico-económicos a los que se refieren los artículos 25 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 20.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos del Estado, que deben incorporarse a los expedientes de aprobación de las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público pueden considerarse motivados cuando la determinación del módulo básico de repercusión del suelo (MBR) y del módulo básico de construcción (MBC) se efectúan por remisión a la Orden EHA/3188/2006, de 11 de octubre, modificada por la Orden EHA/2816/2008, y a la Ponencia de Valores del Municipio. Cuestión resuelta por las sentencias de 3, 10, 11, 16 y 17 de diciembre de 2020 (RRCA 3690/2019, ECLI:ES:TS:2020:4402; 3100/2019, ECLI:ES:TS:2020:4298; 3909/2019, ECLI:ES:TS:2020:4372; 3103/2019, ECLI:ES:TS:2020:4296 y 3099/2019, ECLI:ES:TS:2020:4162) y, más recientemente, las sentencias de 6, 13, 14, 20 y 21 de octubre de 2021 (RRCA 5156/2019, ECLI:ES:TS:2021:3764; 5097/2019, ECLI:ES:TS:2021:3735; 6811/2019, ECLI:ES:TS:2021:3849; 5044/2019, ECLI:ES:TS:2021:3848; 6536/2019; y 6586/2019, ECLI:ES:TS:2021:3856).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 2588/2021
  • Fecha: 23/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La mera circunstancia de que el plazo para el comienzo del vertido de energía haya sido incumplido por "solo" unos días, (en este caso, cinco), sin mediar ninguna circunstancia que disculpe la demora, no autoriza a calificar esa inobservancia del plazo como de escasa entidad; ni, desde luego, autoriza a inaplicar la consecuencia la norma anuda a tal incumplimiento. Más aun teniendo en cuenta que al régimen retributivo especial se accede mediante un sistema de concurrencia competitiva, cuyos pormenores y criterios de preferencia se fijan en el artículo 6 del Real Decreto 1578/200, de manera que el acceso de una determinada instalación a dicho régimen especial, y su mantenimiento en él, supone o puede suponer que otros solicitantes hayan quedado excluidos. No cabe invocar el principio de proporcionalidad para que la consecuencia que la norma anuda a tal incumplimiento -cancelación de la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución- se haga depender de la mayor o menor duración del periodo en que se superó aquel plazo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 1643/2021
  • Fecha: 23/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de casación contra sentencia que anula el acuerdo de cancelación, por incumplimiento, de la inscripción en el registro del régimen retributivo específico y de revocación del derecho a la percepción del régimen retributivo especifico; la anulación la funda en que la consecuencia de cancelación es desproporcionada en relación con los 5 días de retraso en el primer vertido. Estimación del recurso de casación. Una vez constatado que se ha sobrepasado el plazo establecido por el artículo 8.1 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para que se inicie el vertido de energía, no cabe invocar el principio de proporcionalidad para que la consecuencia que la norma anuda a tal incumplimiento -cancelación de la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución- se haga depender de la mayor o menor duración del periodo en que se superó aquel plazo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 1222/2021
  • Fecha: 22/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el presente caso, se invoca el principio de proporcionalidad alegando que el incumplimiento es de escasa entidad -un retraso de sólo unos días-, de donde se deriva la pretensión de que tal incumplimiento que no lleve aparejada la cancelación de la inscripción. Siendo ello así, la invocación del principio de proporcionalidad no parece acertada pues, el incumplimiento de tal plazo no es fácilmente modulable ni graduable. En otras ocasiones, esta Sala ha constatado que el incumplimiento no era imputable al titular de la instalación sino a la propia Administración o a un tercero. Nada de esto sucede en el caso que nos ocupa pues aquí la sentencia recurrida admite que hubo incumplimiento del plazo -no se inició el vertido de electricidad en la fecha en que debía hacerse- y no reprocha el retraso a negligencia o mal funcionamiento de la Administración ni de un tercero. El mero hecho de que el plazo solo haya sido incumplido unos días (5) sin mediar ninguna circunstancia que disculpe la demora, no autoriza a calificar esa inobservancia del plazo como de escasa entidad; ni, desde luego, autoriza a inaplicar la consecuencia que la norma anuda a tal incumplimiento. Más aun teniendo en cuenta que al régimen retributivo especial se accede mediante un sistema de concurrencia competitiva.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 7483/2020
  • Fecha: 22/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimación del recurso de casación. Cancelación por incumplimiento de la inscripción en el registro del régimen retributivo específico en estado de explotación derivada del de extemporaneidad en el comienzo de la venta de energía en contravención del art.8 del RD 1578/2008, de 26 de septiembre. Imposibilidad de invocar el principio de proporcionalidad, sobrepasado el plazo del art.8.1 RD 1578/2008,para hacer depender la cancelación de la inscripción en el Registro de la mayor o menor duración del periodo en que se superó el plazo. Consecuencias de la intervención acreditada de tercero que permitan modular la responsabilidad. Improcedencia de la cancelación de la inscripción en el registro cuando el retraso no se deba a circunstancias imputables al solicitante sino a la actuación de la propia Administración o de un tercero.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 3956/2021
  • Fecha: 17/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Cancelación, por incumplimiento, de la inscripción en el Registro de Régimen retributivo específico en estado de explotación. Principio de proporcionalidad. Precedentes: autos de 22 de abril de 2021 (RRCA 303/2021 y 1222/2021), de 29 de abril de 2021 (RCA 7483/2020) y de 15 de septiembre de 2021 (RCA 4768/2021), entre otros.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 554/2021
  • Fecha: 17/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Determinar qué debe entenderse por "zona" a efectos de lo dispuesto por el artículo 39.3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 25.8 del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 324/2020
  • Fecha: 15/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estimación del recurso interpuesto en relación con la retribución de 2015. Anulación de la Orden TED/866/2020,por la que se establecen las retribuciones de varias empresas de distribución de energía eléctrica correspondientes al segundo periodo del año 2013 y a los años 2014 y 2015 en ejecución de varias sentencias,en lo referido a las retribuciones que la misma contempla para la Eléctrica Los Molinos S.L correspondientes al año 2015. Se ordena a la Administración a aplicar a la empresa los valores retributivos indicados indicados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a partir de los datos aportados por la empresa. Consideración de la información presentada por la empresa como debidamente auditada, ausencia de deficiencias en la información regulatoria proporcionada. Improcedencia de aplicar la metodología "RAB implícita". Remisión a los criterios del ATS de 11 de marzo de 2021. Reconocimiento del derecho de la recurrente a recibir la retribución pretendida y a los intereses devengados por la diferencia entre lo percibido y lo que hubiera podido percibir.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 2231/2021
  • Fecha: 10/11/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Onís (Asturias), reguladora de la tasa por la utilización privativa y aprovechamiento especial de dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos. Tipo de gravamen en los supuestos de aprovechamiento especial 5% o 100%. El planteamiento de la parte recurrente ha sido acogido en cinco sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 3, 10, 11, 16 y 17 de diciembre de 2020 (RRCA/3690/2019, ECLI:ES:TS:2020:4402; 3100/2019, ECLI:ES:TS:2020:4298; 3909/2019, ECLI:ES:TS:2020:4372; 3103/2019, ECLI:ES:TS:2020:4296 y 3099/2019, ECLI:ES:TS:2020:4162), respectivamente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 4751/2020
  • Fecha: 04/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Una interpretación sistemática y conjunta del art.4 Real Decreto-ley 6/2009 con otras disposiciones de esa misma norma y de otras normas aplicables a supuestos similares permiten anudar al incumplimiento o desistimiento la perdida de la garantía o caución constituida. El incumplimiento, en el plazo marcado por la norma, de las obligaciones previstas en el artículo 4.8 Real Decreto-ley 6/2009, lleva aparejada la revocación del derecho económico asociado a la inclusión en el Registro de preasignación de retribución y la incautación por parte de la Administración de la garantía aportada por el solicitante. Si bien, no procede la ejecución del aval, sino su devolución en caso que el incumplimiento no sea imputable al solicitante. En el presente caso, la recurrente, sin desistir formalmente, presentó escrito en el que manifestó que no iba a cumplir los trámites exigidos con base en una serie de problemas que le impedirán cumplir los trámites en plazo (cambios normativos e incertidumbre regulatoria). Pero, la invocada incertidumbre o riesgo regulatorio no exime de responsabilidad en un caso como el aquí examinado. La transmisión fue posterior a la incautación, una vez consumado el incumplimiento. La puesta en marcha es exigible al solicitante sin que, en un supuesto como éste, deba examinarse el papel que juega en definitiva la nueva empresa, una vez vencido el plazo legalmente exigible en los términos del art. 4.8 Real Decreto-ley 6/2009.

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